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Retiró proyecto que buscaba revivir impuesto a la gasolina: Gilberto Betancourth Pérez

5/25/2021

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 La sobretasa a la gasolina es una contribución de carácter municipal y departamental, que se genera en el consumo de gasolina motor extra y corriente, nacional o importada.
De acuerdo con lo indicado en el artículo 55 de la Ley 788 de 2002; las tarifas por concepto de sobretasa a la gasolina, a partir del 01 de enero de 2003 son:

  • Tarifa Municipal y Distrital: 18,5%
  • Tarifa Departamental: 6.5%
  • Tarifa para el Distrito Capital: 25%
Destinación de la contribución: los municipios y distritos destinarán los recursos obtenidos para la administración, mantenimiento y mejoramiento de la malla vial.

Esta ley tiene fecha de vencimiento y sería revivida con la reforma tributaria, como esta reforma se undió por el momento; el representante a la Cámara de Nariño Gilberto Betancourt Perez intentó mantener con vida este impuesto al radicar el proyecto de ley No 607.

La sorpresa fue cuando el mismo Congresista determinó retirar dicho proyecto de la comisión tercera, conociendo que desde el 20 de julio ya no tendría vigencia.


El congresista recordó que este impuesto a la gasolina equivale a 2.7 billones de pesos y en ningún momento se quiere implementar otro impuesto, sino reglamentar el que existe hace 20 años para que los municipios y las gobernaciones, que son los entes que los manejan sigan ejecutando de manera directa estos recursos.

Betancourt quien mantiene estrechas relaciones con Germán Vargas Lleras escribió un comunicado a la opinión pública:


En mi calidad de Representante a la Cámara por el Departamento de Nariño, me permito hacer la siguiente aclaración respecto del Proyecto de Ley No. 607 – 2021 Cámara, “Por medio del cual se modifican las Leyes 488 de 1998 y 788 de 2002”:
El Impuesto Sobretasa a la Gasolina, no es un impuesto nuevo, es un impuesto que se encuentra establecido desde hace más de 20 años, y nació como una alternativa para mejorar los indicadores de cobertura y calidad, en razón a que dentro de la política nacional sobre infraestructura vial, los Municipios y los Departamentos son los llamados a responder por vías secundarias y terciarias.
El Proyecto de Ley 607 de 2021, nace en respuesta a un pronunciamiento de la Corte Constitucional que ordena al Congreso de la República en un término perentorio reglamentar con certeza y claridad el tributo de sobretasa a la gasolina y ACPM.
Los directos beneficiarios del Proyecto de Ley eran los Municipios y por ende sus habitantes, que mayoritariamente son campesinos, porque son ellos quienes necesitan el mejoramiento de las vías terciarias no solo para lograr tener comunicación con el sector urbano, sino también lograr una efectiva comercialización de sus productos, para mitigar las emergencias viales, combustible, maquinaria, etc.
El Gobierno Nacional no tiene interés alguno en aprobar este proyecto, pues los directamente afectados con la no aprobación del mismo, son los Municipios y Departamentos que a partir del 20 de junio de 2021, se quedarían sin piso jurídico para realizar la liquidación del impuesto a la sobretasa a la Gasolina.
En atención a la crisis social por la que se encuentra atravesando el país, en razón a que llevamos 25 días de protestas, considero que a pesar de que el proyecto es necesario, el momento no es oportuno; de tal manera que se decidió retirar el proyecto y por ende buscar consensos como requisito necesario para adelantar el trámite en el Congreso de la República.
Es pertinente mencionar que de no regularse el Impuesto a la Sobretasa a la Gasolina y ACPM, serían altos los costos que tendrían que asumir las entidades territoriales, por ejemplo el Municipio de Pasto dejaría de percibir en su presupuesto cerca de 40 mil millones anuales, Medellín alrededor de 200 mil millones anuales que previo a su recaudo fueron destinados para pago de la deuda de MetroMedellin, y así los municipios de Túquerres, Samaniego, Puerres, etc.; y en general todos los municipios del país que también verían afectados sus presupuestos.
De no reglamentarse la Sobretasa a la Gasolina y ACPM, previo a la terminación de la presente legislatura, es decir, hasta el 20 de junio del presente año; se ocasionaría que sea el Gobierno Nacional quien en uso de sus facultades como Ejecutivo mediante Decreto reglamente la forma en como debe liquidarse dicho impuesto, y asuma no sólo el recaudo del mismo sino su respectiva administración desde el nivel central; situación que perjudicaría a las entidades territoriales en cuanto a proyectos de inversión para el mejoramiento y recuperación de sus vías secundarias y terciarias.
Invito a los sectores que se encuentran actualmente en mesas de negociación con el Gobierno Nacional, para que incluyan como uno de los temas de dialogo la búsqueda de un consenso en las tarifas que inclusive pueden implicar una reducción de las tasas que afectan el precio del combustible en nuestro país.
Con fundamento en las anteriores premisas, dejo en manos de la opinión pública si es lo correcto no atender iniciativas regionales como lo es el Proyecto de Ley de Sobretasa a la Gasolina y ACPM, o por el contrario buscar una opción para que en nuestros municipios tengan una alternativa de inversión.

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